domingo, 31 de enero de 2016

¿Como comparar dos Imcoters diferentes?.


En el comercio exterior, a la hora de decidir por un proveedor de transportes (naviera, transitario, agente...) es imprescindible controlar y conocer las distintas alternativas que nos presentan. Para ello debemos comparar esas propuestas y analizar como se reparte el coste del transporte, el riesgo, el seguro y en qué punto exacto se transfiere la propiedad de la mercancía. Además del servicio que queremos ofrecer a nuestro cliente.

Todo ello se plasma en el Incoterms que negociemos y se concrete en la operación comercial. A continuación analizamos las diferentes opciones posibles, tanto para el transporte marítimo, como para cualquier medio de transporte utilizado:


a)    Para cualquier medio de transporte.

ü  Determinación del precio y contratación.
   
Coste de fabricación del material

+ Envases y Embalajes
+ Costes específicos de exportación (certificados de origen, etc…)




Base de coste para el margen comercial
+ % correspondiente al margen comercial o beneficio

 
Precio base para exportación
+ Comisión agente de exportación

EXW local vendedor
+ Carga del vehículo
+ Despacho de exportación

FCA local vendedor
+ Transporte interior en origen hasta el puerto, aeropuerto…

FCA puerto, terminal, estación, aeropuerto…
+ Manipulación en puerto origen… (THC, tasas, recargos de terminal…)

FOB puerto, terminal…
+ Transporte principal (flete, puede incluir la carga y descarga, aéreo…)

CPT terminal, puerto… de destino = CFR
+ Prima seguro sobre la mercancía

CIP terminal, puerto de destino = CIF
+ Descarga

DAT terminal, puerto de destino
+ Coste de manipulación en puerto, aeropuerto… de destino
+ Transporte interior en destino hasta almacén del comprador

DAP almacén comprador (o lugar estipulado)
+ Despacho de la importación y pago de impuestos

DDP almacén comprador


ü  Determinación de la parte que asume el riesgo sobre la mercancía.

En caso de siniestro durante algún punto en la cadena de suministro, hay que determinar:

ü  Punto exacto en el que se ha producido el siniestro y compararlo con el Incoterm de la operación.
ü  Si el siniestro es antes del punto acordado de trasmisión del riesgo, será el vendedor el que asuma las consecuencias: pagar la mercancía, pagar los portes y asumir la pérdida.

NOTA: la responsabilidad en una operación de comercio internacional, siempre se puede negociar. Es decir, podemos no acogernos expresamente a  un Incoterm concreto y sí negociar quien asume la responsabilidad en cada momento.


b)    Para transporte marítimo y vías navegables interiores.

ü  Determinación del precio y contratación.

Seguiría el mismo proceso que para el GRUPO 1. Pero con las siguientes salvedades:

FCA local vendedor
+ Transporte interior en origen hasta el puerto, aeropuerto…

FCA puerto, terminal, estación, aeropuerto… = FAS
+ Manipulación en puerto origen… (THC, tasas, recargos de terminal…)
+ Coste de colocar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque

FOB puerto, terminal…
+ Transporte principal (flete, puede incluir la carga y descarga, aéreo…)

CPT terminal, puerto… de destino = CFR
+ Prima seguro sobre la mercancía

CIP terminal, puerto de destino = CIF (incluyendo el coste del seguro de transporte marítimo)
+ Descarga

DAT terminal, puerto de destino
+ Coste de manipulación en puerto, aeropuerto… de destino
+ Transporte interior en destino hasta almacén del comprador

DAP almacén comprador (o lugar estipulado)
+ Despacho de la importación y pago de impuestos

DDP almacén comprador

ü  Determinación de la parte que asume el riesgo sobre la mercancía.

En caso de siniestro durante el transporte marítimo, el vendedor o el comprador asumirán el mismo, dependiendo de quién corriera con el riesgo en ese punto geográfico concreto. Licencia de Creative Commons
Este obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional.

¿Qué son los Incoterms? y ¿cómo elegir la mejor opción?

¿Qué son los Incoterms?. Concepto de Incoterm: International Chamber of Commerce Trade Terms.


Son un conjunto estandarizado de reglas que fijan los términos comerciales en la compra venta nacional e internacional. Estableciendo claramente las obligaciones de las partes (vendedor y comprador).

No se trata de ley, sino de un acuerdo entre las partes, que en caso de firmarse sí será de obligado cumplimiento.

En los contratos de compra venta, especialmente en internacional, se debe determinar de qué manera se va a desarrollar la entrega del material objeto de compra venta.

La entrega está en relación directa con la forma en que se pacta la gestión del transporte. Esta conexión se puede llevar a cabo indicando en el contrato de compra venta el Incoterm a aplicar en la operación.

Con ello, conseguiremos un mayor entendimiento de las partes, evitando y  minorando el riesgo de posibles disputas jurídicas futuras.




¿Cómo elegir la mejor opción de Incoterms?


La elección del Incoterm tiene consecuencias directas en sobre el transporte y, en consecuencia, con la rentabilidad de la operación comercial.

Factores a tener en cuenta a la hora de elegir el Incoterm más adecuado:

1.    El Incoterm se debe adaptar al medio de transporte elegido y a la carga a llevar (contenedor, tipo de material, granel o no, bultos sueltos…). Y a la maquinaria y elementos necesarios para su manipulación.
2.    Si la venta lleva un componente de novedad. Es decir, sea una venta a un nuevo cliente, de una nueva mercancía, a un nuevo país, etc… entonces, se debe elegir un Incoterm de menos responsabilidad para el vendedor (EXW, FCA…).
Si la empresa tiene experiencia en el mercado, mercancía o país de destino, será más conveniente trabajar con un Incoterm de mayor alcance (CPT, CIP, DAT, DAP o DDP). Porque además, ofrecemos a nuestro cliente mayores facilidades y un valor añadido con respecto a nuestra competencia. Nos hace más competitivos.
3.    Tendremos en cuenta la dificultad a la hora de realizar los despachos de importación o exportación, y la contratación del transporte interior en el país de origen.
El vendedor tenderá a evitar gestiones lentas y difíciles en países que compliquen estos aspectos.
Por lo general, el vendedor deberá gestionar los trámites de exportación y el comprador, los trámites de importación.
4.    Indicar claramente el Incoterm, año al que corresponde el Incoterm (2010 actuales) y lugar donde se va a realizar la entrega.
Por ejemplo: ‘FCA, Puerto de Barcelona, terminal contenedores, Incoterm 2010’.
5.    La elección del Incoterm deberá ser consensuada, analizar los costes de las distintas alternativas de forma global. Minimizándose los costes totales y en conjunto de la operación. De tal manera, que se optimice la cadena logística Internacional.

Conclusión, ¿Cuál es el mejor Incoterm?:

No lo hay.

Los grupos C y D presentan ventajas competitivas:

ü  Permiten al vendedor tener mayor control de la operación o proceso logístico hasta la entrega al cliente.
ü  Permite añadir valor a su oferta frente a la competencia.
ü  Facilita las gestiones al cliente. Pudiendo ser este una motivación para optar por nuestra propuesta comercial.
ü  Nos permiten llegar a clientes que impongan los grupos C y D como condición de entrega para poder trabajar con ellos.
ü  Permiten negociar mejores condiciones, precios y economías de escala debido a que se contratan mayores volúmenes de envío.

De forma general:

·         Para envíos por carretera: DAP, DDP
·         Resto de transportes: C y DAT. Siempre intentar ‘hasta frontera’.
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